REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro de abril de dos mil siete
197º y 148º
ASUNTO : AP21-S-2007-001460


Visto el escrito presentado por las partes por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, en fecha 17 de abril de 2007, mediante el cual llegaron a un acuerdo por la cantidad de Bs. 3.962.000,00, por lo cual se le hizo entrega a la parte oferida en ese acto dicha cantidad, este Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en virtud que el transaccional no se vulnero ningún derecho irrenunciable del trabajador ni normas de orden público de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada. En virtud que fue cancelado el monto acordado se ordena el cierre y archivo del expediente. Se ordena expedir por Secretaría copias certificadas solicitadas, unas vez que sea consignados los respectivo fototatos para su certificación. Se ordena certificar a los fines estadísticos el presente auto junto con el escrito presentado por las partes.
El Juez
El Secretario

Abog. Orlando Antonio Magallanes

Abog. Oscar Javier Rojas