REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Juez Unipersonal Nº 6 Sala de Juicio
Caracas, 03 de Abril de 2007
196º y 147º
Asunto: AP51-S-2007-005668
Motivo: Autorización para Tramitar Pasaporte
Solicitante: EGLIS XIOMARA BOLIVAR VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.690.434
Abogado Asistente: MIRIAM VIVAS, en su carácter de Defensora Pública Cuarta de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas.
Adolescente: “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”

Recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de documentos, esta Sala de Juicio acuerda darle entrada y anotarlo en los libros respectivos. Vistas como han sido las actas de la presente solicitud de Autorización para tramitar pasaporte presentada por la ciudadana EGLIS XIOMARA BOLIVAR VILLEGAS, ya identificada, en representación de su hijo, el adolescente “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…” ; en atención a lo requerido, y vistos los recaudos presentados, este Juzgador considera que no existe impedimento para que se autorice a la ciudadana EGLIS XIOMARA BOLIVAR VILLEGAS, a tramitar lo concerniente al pasaporte del referido adolescente. En consecuencia, este JUEZ UNIPERSONAL Nº VI DE LA SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana EGLIS XIOMARA BOLIVAR VILLEGAS, plenamente identificada, para que tramite el correspondiente pasaporte a favor de su de su hijo, el adolescente “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…” por la ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería. Queda expresamente entendido que esta Autorización para Tramitar Pasaporte, no implica ni incluye Autorización para Viajar. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
Dado, firmado y sellado en la SALA DE JUICIO VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, En Caracas, a los tres (03) días del mes de Abril del año 2007. Años: 196° de la independencia y 148° de la Federación.
EL JUEZ

JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ REYES.
LA SECRETARIA

MARY ROMERO LUNA
ASUNTO: AP51-S-2007-005668