REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 27 de abril de 2007
Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 25 de abril de 2007, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana IRDE CAPOTE, en su carácter de Fiscal Nonagésima Segunda (E) del Ministerio Público, en el cual remite convenio de Régimen de Visitas celebrado por los ciudadanos NARAILE RICARDO BLANCO PEREZ y ANA ESTHER CABRERA BLANCO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 13.473.371 y 16.662.022, respectivamente, en beneficio del niño (...), de cinco (05) años de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 18 de abril de 2007, lo relativo al Régimen de Visitas del niño antes mencionado.