REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de Abril de dos mil siete (2007)
197º y 148º

ASUNTO: AP41-U-2004-000258

Visto el auto dictado por este Tribunal en fecha 24 de septiembre de 2004, mediante el cual se le dio entrada al presente recurso y se ordenó notificar a los ciudadanos Contralor, Procuradora y Fiscal General de la República, así como al Gerente Jurídico Tributario del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), y a la contribuyente que el quinto (5º) día de despacho siguiente a la consignación de la última de las boletas de notificación, se dictaría la decisión prevista en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario, respecto a la admisión o no del recurso; visto también que las partes se encuentran a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario subsidiario al jerárquico interpuesto el 30/04/2003, por la ciudadana NANCY J. AROCHA DE GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.174.230, actuando en su carácter de Director Gerente de la contribuyente “INVERSIONES KEVIMAR, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el No. 37, Tomo 105-A-SGDO., en fecha 04 de marzo de 1997, asistida por el ciudadano abogado Jaime Tugores Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 57.226; en contra de la Resolución (Imposición de Sanción) No. RCA/DFTD/2002-07395 del 09-10-2002 (folios 21 al 22) emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Capital del Seniat. En fecha 30 de abril de 2004, la Gerencia Jurídica Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (Seniat) dictó Resolución No. GJT-DRAJ-A-2004-2762 del (folios 7 al 18), mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso jerárquico interpuesto y ordenó librar nueva Planilla de Liquidación por concepto de multa en la cantidad de Bs. 564.300,00, en materia de Impuesto Sobre la Renta.

El Tribunal para decidir observa:

Se desprende de autos que han sido cumplidas las respectivas notificaciones a los ciudadanos Fiscal, Contralor y Procuradora General de la República, así como al Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (Seniat), y a la contribuyente, a los fines de dictar la decisión prevista en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario, respecto a la admisión o no del recurso (folios 53 al 55, 113 y 123 al 125, respectivamente).

Consta en autos que se encuentran cumplidos todos los extremos legales del caso, contenidos en los artículos 259, 260, 261 y 262 del Código Orgánico Tributario, a saber; se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se expresan las razones de hecho y de derecho en que se fundamenta, al que se anexaron originales de los actos recurridos.

Igualmente consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente; y no fue formulada oposición alguna por parte de la Administración Tributaria.

I

Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, decide:

PRIMERO: Se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, el recurso contencioso tributario subsidiario al jerárquico interpuesto en fecha 30 de abril de 2003, por ante la División Jurídica Tributaria, Coordinación de Recursos, de la Gerencia Jurídica Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por la ciudadana NANCY J. AROCHA DE GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.174.230, actuando en su carácter de Director Gerente de la contribuyente “INVERSIONES KEVIMAR, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el No. 37, Tomo 105-A-SGDO., en fecha 04 de marzo de 1997, asistida por el ciudadano abogado Jaime Tugores Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 57.226; en contra de los actos administrativos ya identificados.

SEGUNDO: Se ordena proceder a la tramitación y sustanciación del expediente hasta su decisión definitiva. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario, visto que el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), no formuló oposición a la admisión; se entenderá, según lo dispuesto en el artículo 268 ejusdem, que el primer día de despacho siguiente, la causa quedará abierta a pruebas.

Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año dos mil siete (2007). Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA,

BEATRIZ B. GONZÁLEZ.- LA SECRETARIA,

YANIBEL LÓPEZ RADA.-
BBG/sb