REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. 197° y 148°
CARACAS, 23 DE ABRIL DE 2007.

SE ABRE CUADERNO DE MEDIDAS.

Conforme fue ordenado en el auto de admisión, se abre el presente cuaderno de medidas, a los fines de proveer con respecto a la medida de secuestro solicitada por el apoderado judicial de la parte actora, en el procedimiento que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, es seguido ante este tribunal por el BANCO MERCANTIL, C.A. (BANCO UNIVERSAL contra ALBI YELITZA NATERA RIVAS, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 11.523.118 sustanciado en el expediente signado con el N° 2007-13995, en consecuencia, este juzgado a los fines de pronunciarse sobre la medida solicita, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la ley sobre ventas con reserva de dominio, exige caución o garantía suficiente para responder a la parte contra quien se dirige la medida, de los daños y perjuicios que éste pudiera ocasionarle; para el caso de la fianza el monto de la misma deberá cubrir la cantidad de TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 38.490.946,67) suma ésta que comprende el doble de la cantidad demandada, más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal en 25%, o sea la suma de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 4.276.771,85) ya incluidas en dicho monto. En caso de la CAUCIÓN el monto de la misma deberá cubrir la cantidad de VEINTIUN MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTISEIS CENTIMOS (Bs. 21.383.859,26) suma esta que comprende el monto demandado mas las costas calculadas por este juzgado en un 25% ya incluida en dicho monto y una vez presentada y constituida, el juzgado proveerá al respecto
EL JUEZ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,


LISETTE GARCIA GANDICA
EXP.2.007.13995
HJAS/lgg/ama