REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 17 de abril de 2007.
196° y 147°
De una revisión que conforman las actas del presente expediente se evidencia que los cónyuges indicaron el último domicilio conyugal en la población de Charallave, Jurisdicción del Estado Miranda, ahora bien el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil establece lo siguiente: “…Cuando los cónyuges pretendan la separación de cuerpos por mutuo consentimiento, presentaran personalmente la respectiva manifestación ante el Juez que ejerza la jurisdicción ordinaria en Primera Instancia en el lugar del domicilio conyugal…”.- Del articulo antes trascrito y por cuanto se evidencia que el ultimo domicilio de los cónyuges fue en el Estado miranda, es por lo que este Tribunal declina la competencia por razón al territorio y ordena remitir el presente expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Remítase el presente expediente y Líbrense el oficio correspondiente.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ
JOSÉ OMAR GONZALEZ.
Exp. 24494.
EBG*JOG*Edward