REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 30 de mayo de 2007.
197° y 148°
Exp. N° 24.560.-
Sentencia Definitiva de Familia
PARTE SOLICITANTE:
• ENRIQUE TARICANI SOTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.863.257.
ABOGADO ASISTENTE:
• DRA. MORELLA GARCIA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.236.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano ENRIQUE TARICANI SOTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.863.257, debidamente asistida por la DRA. MORELLA GARCIA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.236, este Tribunal le da ENTRADA, asimismo visto el pedimento contenido en ella, en la cual solicita que este Juzgado ordene la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el N° 1391, Folio N° 391, año 1970, manifestando la solicitante en su libelo, que la mencionada acta de nacimiento adolece de un error material al indicar el primer apellido de su padre, por cuanto se asentó su nombre como: “ARNALDO TIRICANI CUZZI”, siendo esto incorrecto, ya que debió asentarse como: “ARNALDO TARICANI CUZZI” .
Como prueba de lo alegado, el solicitante ENRIQUE TARICANI SOTO, antes identificado, consignó: su Partida de Nacimiento incorrecta, fotostatos de su cédula de identidad y datos filiatorios de su padre ciudadano ARNALDO TARICANI.
Este Tribunal considera que tal error no amerita un trámite mediante un juicio ordinario de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO. En consecuencia, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede en forma sumaria, por lo que se declara procedente la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento hecha por el ciudadano ENRIQUE TARICANI SOTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.863.257, y en consecuencia, se ORDENA la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, y en DONDE SE LEE: “ARNALDO TIRICANI CUZZI”, DEBE LEERSE: “ARNALDO TARICANI CUZZI”, que es como debe constar y así se declara.
Remítase adjunto a oficios copia certificada de la Solicitud y de la presente decisión a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, del Municipio Libertador del Distrito Capital, para que conforme a lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 502 del Código Civil, se estampe la nota correspondiente. Asimismo se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes. Cúmplase.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DEL JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 30 de abril de dos mil siete (2007). Años 197° DE LA INDEPENDENCIA y 147° DE LA FEDERACIÓN.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.-
JOSÉ OMAR GONZALEZ.-
En esta misma fecha, siendo las 11:11 a.m. de la mañana, se público y registro la anterior decisión.-
EL SECRETARIO,
JOSÉ OMAR GONZALEZ.-
EBG/JOG/alexandra.
Exp. No. 24.560.-
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