REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas,_______ de _________________del 2.007
Años 196° y 147°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y las testimoniales evacuadas al efecto, este Tribunal ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones a favor de los solicitantes ciudadanos MARIA CRISTINA DE SANCHEZ, PATRICIA SANCHEZ GARCIA, JESUS ENRIQUE SANCHEZ GARCIA, CLAUDIA SANCHEZ GARCIA y ARMANDO SÁNCHEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-1.735.797, V-6.263.780, V-5.531.144, V-6.461.848 y V-11.041.646, respectivamente HEREDEROS del ciudadano ENRIQUE SANCHEZ RISSO, quien en vida fue de nacionalidad venezolano, y titular de la cédula de identidad N° V-906.437, dejando a salvo los derechos de terceros. Entréguese copias certificada de las presentes actuaciones al solicitante, previa certificación por Secretaria de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ejusdem.-
LA JUEZ.

Dra. ANGELINA M. GARCIA HERNANDEZ.-
LA SECRETARIA, ACC.

KELYN CONTRERAS.
Exp. S- 8874
AMGH/KC/Lizmaika.