REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Ventiseis (26) de Abril del año dos mil siete (2007), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde; en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Aurimar Flores Madera, de la Parte Actora, ciudadana: NELLY HAMDAN LLABAR, identificada con la cédula de Identidad Nº 4.774.939 , del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Manuel Assad Brito, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 31.580; en la siguiente dirección: Dirección de Contratación Colectiva Recursos del Ministerio del Poder Popular para la Salud, ubicado en el piso 04 del Edificio Sur, Centro Simón Bolívar, Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la Reincorporación de la Parte Accionante, decretada y ordenada por Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital; con motivo de la Querella interpuesta por el Abogado Manuel Assad Brito, Apoderado Judicial de la ciudadana NELLY HAMDAN LLABAR, contra el acto administrativo de remoción Nº 153 de fecha 11 de Abril de 2005, emanado del ciudadano Ministro de Salud y Desarrollo Social, (expediente Nº 05-1096).- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal notificó de su misión a la ciudadana: LYOR MACHADO, Identificada con la cédula de Identidad Nº V-13.920.684, en su carácter de Directora de Contratación Colectiva del referido Ministerio, y en cumplimiento de la misión encomendada por el Juzgado Comitente, mediante sentencia dictada en fecha 18 de abril del 2006, mediante la cual declaró parcialmente con lugar y confirmada por la Corte Primera en lo Contencioso Administrativo en fecha 31 de Julio del 2006, la Querella interpuesta por el Abogado MANUEL ASSAD BRITO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 31.580, Apoderado Judicial de la ciudadana NELLY HAMDAN LLABAR, portadora de la cédula de Identidad Nº 4.774.939, contra el acto administrativo de remoción Nº 153, de fecha 11 de abril del 2005, emanado del ciudadano Ministro de Salud y Desarrollo Social, publicado en Gaceta Oficial Nro. 338.327 de fecha 12 de abril del 2005, ordenando la reincorporación a la accionante en el período disponible, con el pago de sueldo y demás remuneraciones correspondientes al cargo que desempeñaba por un lapso de treinta días. A los fines de tramitar debidamente las gestiones reubicatorias.- En este estado la notificada, Abogada Lyor Machado, antes identificada, expone: “ Solicito al Tribunal, un lapso de una semana, a los fines de gestionar los trámites administrativos correspondientes para la reincorporación y un lapso mayor como establece el mandato, para el pago de sueldo y demás remuneraciones”.- Es todo.- Vista la exposición de la notificada, el Tribunal acuerda concederle un lapso no mayor de 30 días, tal y como lo establece el presente mandato, a los fines de dar cumplimiento a la reincorporación a la accionante en el período disponible, con el pago de sueldo y demás remuneraciones correspondientes, da por terminado el acto siendo las (11:15 a.m).- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TITULAR
LA NOTIFICADA
LA PARTE ACCIONANTE
Y SU APODERADO JUDICIAL
LA SECRETARIA
EXP: 1696-07
MCCM/auri