REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 33 ° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 16 de Abril del año 2007
196º y 147º
ASUNTO: AP21-S-2007-000895
En horas del día de hoy, 16 de Abril del año 2007 siendo las 10:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, acto seguido se anunció dicho acto en la sala de comparecencia de los Juzgados con las formalidades de Ley, no compareciendo la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno y comparece por la demandada el abogado Ángel Álvarez inscrito en el IPSA bajo el numero 81.212 en su carácter de apoderado de la parte demandada, quien consigna copia simple de poder acredita su representación en juicio y muestra original a los fines de su certificación por la secretaria del tribunal, en consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora en el presente juicio y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO HABIDO EN EL JUICIO INCOADO POR LUIS ALSELMO NOGUEIRA FERREIRA EN CONTRA ELECTRODOMESTICOS JVG HOGAR. y así, SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO Y SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. ASÍ SE DECIDE.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, 16 de Abril del año 2007. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Abg. Mónica Quintero
LA Secretaria
Abg. Sara Delgado
Apoderado de la Demandada
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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