REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 196° y 148°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-003844
En el día hábil de hoy 16 DE ABRIL DE 2007 siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Jubilación incoara el ciudadano ALBERTO RAMON MIRANDA y OTROS contra LA COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV) En consecuencia, este Juzgado da por recibido el presente asunto proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, con motivo de su distribución, por lo que la Juez se AVOCA al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la abogada CLAUDIA GABRIELA ARDILA INFANTE inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.253 en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, quien consigna copia fotostática del instrumento poder que acredita su representación constante de SEIS (06) FOLIOS UTILES así como su original a los fines de su confrontación. Se deja igualmente constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo declarando DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
ELIS HERNANDEZ
LA SECRETARIA
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