REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Año 196° y 147°

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-005114


En el día hábil de hoy 25 DE ABRIL DE 2007 siendo las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Prestaciones Sociales incoara el ciudadano JOSE BONIFACIO CASTRO VARGAS contra la JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS VILLA ADRIANA. Anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la Dra. ANA VICTORIA PERDOMO BAZAN inscrita en el Inpreabogado con el N° 31.705, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, asimismo, se deja constancia de la incomparecencia a este acto de la parte actora Ciudadano JOSE BONIFACIO CASTRO VARGAS ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo declarando DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Se realiza la devolución a la parte demandada del escrito de promoción de pruebas con sus respectivos anexos.
LA JUEZ


SADY CARDONA MORENO



APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA



ELIS HERNANDEZ
LA SECRETARIA