REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 10

Caracas, 25 de Abril de 2008
198° y 149°



Vista la inhibición planteada por la Dra. Yelix Jiménez Omaña, Juez Quincuagésima de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86, numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal y las documentales ofrecidas; esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones, según lo disponen los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 96 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE la inhibición propuesta y las pruebas promovidas por la Juez inhibida. Provéase lo conducente.

LA JUEZ PRESIDENTE


Dra. CARMEN AMELIA CHACIN MATERAN


LAS JUECES INTEGRANTES


Dra. ALEGRIA L. BELILTY BENGUIGUI Dra. ANGELICA RIVERO BERMUDEZ
- Ponente-

LA SECRETARIA

Abg. CLAUDIA MADARIAGA SANZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.

LA SECRETARIA

Abg. CLAUDIA MADARIAGA SANZ


Causa No. 10Aa 2223-08
CACM/ALBB/ARB/CMS/ljl