REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 10
Caracas, 25 de Abril de 2008
198° y 149°
Vista la inhibición planteada por la Dra. Yelix Jiménez Omaña, Juez Quincuagésima de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86, numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal y las documentales ofrecidas; esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones, según lo disponen los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 96 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE la inhibición propuesta y las pruebas promovidas por la Juez inhibida. Provéase lo conducente.
LA JUEZ PRESIDENTE
Dra. CARMEN AMELIA CHACIN MATERAN
LAS JUECES INTEGRANTES
Dra. ALEGRIA L. BELILTY BENGUIGUI Dra. ANGELICA RIVERO BERMUDEZ
- Ponente-
LA SECRETARIA
Abg. CLAUDIA MADARIAGA SANZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.
LA SECRETARIA
Abg. CLAUDIA MADARIAGA SANZ
Causa No. 10Aa 2223-08
CACM/ALBB/ARB/CMS/ljl