REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUADRAGÉSIMO OCTAVO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGESIMO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 07 de Abril de 2008
197° y 148°

Revisadas como ha sido las presentes actuaciones, se aprecia que a los folios (119 al 121) cursa escrito desestimación de denuncia suscrito por la ciudadana CARLA CATALINA FERREIRA FERNANDES, Fiscal Auxiliar Décima Cuarta del Ministerio Publico del Area Metropolitana de Caracas, en consecuencia este Tribunal, para decidir observa:

PRIMERO

En fecha 01 de Octubre de 2007, los ciudadanos JUDITH CARABALLO, LAURA MENDOZA, JOSE PEREZ, FRANCIS MONJES y EMILIANA FLORES, representantes legales del Comité de Tierras Urbanas “Mi Anhelo”, Asociación Civil sin fines de lucro, interponen denuncia en contra de la Cooperativa Sanación y Progreso VII R.L, representada por el ciudadano Joaquín Pereira Alves.
En escrito de denuncia se deja constancia de lo siguiente:
La Cooperativa Sanación y Progreso VII, R.L suscribió Contrato de Obra con el Comité de Tierra Urbana “Mi Anhelo” y con la señora Elsy Yaneth Zambrano (MIEMBRO DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DEL CTU) C.I 10.827.464 y el Abogado Alexis Zambrano Peñalver C.I 9.956.183.

Denuncian los siguientes hechos: ….”faltas a las obligaciones contractuales, así como inspecciones de cifras halladas en el texto mismo del contrato preinscrito con el Comité de Tierras Urbana “Mi anhelo” queremos que la Cooperativa Sanación y Progreso VII, R.L., deshacer el mencionado contrato de conformidad co lo previsto en el decreto N° 1.417 del 31/07/96, ya que la falta de seriedad, compromiso y respeto por parte de esta Cooperativa condujo a una serie de eventos negativos y de conflicto en nuestra comunidad difíciles de resarcir. Es por ello que acudimos ante este Ministerio de Atención de la Víctima, que nos asista en este gravísimo problema, …la comunidad a la que pertenecemos y habitamos nos acusan de corruptos y ladrones por no cumplir con lo convenido con el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitad, el cual estipula el mejoramiento de 25 viviendas, sustitución de 2 viviendas, servicios básicos y construcción de muro. …Cabe destacar que al suscribir el contrato antes identificado, se observa que la Cooperativa Sanación y Progreso VII, T.L., no entregó al CTU la documentación señalada en el artículo 2 del mencionado decreto, esto es, a lo referido a garantías y otros documentos; tales como, Presupuesto aprobado con sus Análisis de precio, Memorios Descriptivas, Cronogramas de Trabajo y Cronogramas de Inversión, igualmente se observa la audiencia del documento referido al registro Nacional de Contratista OCI. …Dejamos constancia mediante Acta en la comunidad del abandono de las obras contratadas por parte de la Cooperativa Sanación y progreso VII. RL., y el daño irreparable ocasionados al Comité de Tierras Urbana “Mi anhelo”, trayendo demoras por procedimiento Administrativo y Técnico, que han ocasionado perdidas de dinero y debilitamiento del Proyecto Comunitario”…

Se desprende de las actas conformen el presente expediente lo siguiente:

1.- Contrato de obra Entre el COMITÉ DE TIERRAS URBANAS “MI ANHELO” constituido y domiciliado en la ciudad de Caracas, inscrita en el comité de Tierras Urbanas (C.T.U) bajo el N° 000090, representada por la ciudadana ELSY ZAMBRANO y YUDITH CARABALLO encargadas de realizar el proyecto MI ESPERANZA y por la otra la COOPERATIVA SANACION Y PROGRESO VII, R.L, representada en este acto por el ciudadano JOAQUIN PEREIRA, portugues, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 81.344.575.
OBJETO DEL CONTRATO: acondicionamiento de un area ubicada en el barrio El Limon sector El Guamacho Parte Baja I Etapa.
PLAZOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: La Duración de este Contrato es de un término de nueve (9) meses, a partir de la fecha del Acta de Inicio y previo suministro por parte de “EL COMITÉ” de las especificaciones técnicas.

Cursa la folio (54 al 56) de las presentes actuaciones CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO PARA LA VIVIENDA Y HABITAT y EL COMITÉ DE TIERRA URBANA (CTU) MI ANHELO, suscrito en fecha 04 de octubre de 2005.

Cursa al folio (56 al 61) de las presentes actuaciones Documento Privado entre el COMITÉ DE TIERRAS URBANAS “MI ANHELO” representado por la ciudadana YUDITH ZAMBRANO y por la otra la COOPERATIVA SANACION Y PROGRESO VII, R.L representada por el ciudadano JOAQUIN JOSE PEREIRA ALVES, en el cual se lee entre otras cosas lo siguiente:

…”las condiciones inicialmente pactadas han variado; lo cual ha incidido en el desarrollo de las actividades de “EL CONTRATISTA”.
2) Que LAS PARTES han decidido cambiar algunas de las cláusulas del CONTRATO DE OBRAS suscrito en fecha 17 de octubre de 2005.
…las partes han acordado suscribir la presente Extensión (Anexo A) al CONTRATO DE OBRAS, de acuerdo con lo establecido e la Cláusula Segunda del contrato en cuestión, modificando las Cláusulas que expresamente se mencionan a continuación:
b) el treinta y uno por cuento (31%) del total del monto de la obra, esto es la cantidad de CIENTO TRECE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (bs: 113.591.146,37) cuando, con respecto a ese monto, se hayan ejecutado trabajos de la obra en un OCHENTA por ciento (80%) de dicha cantidad
e) El saldo, es decir el cuarenta por ciento (40%) del total del monto de la obra, antes de finalizar el cuarenta por ciento (40%) del total de la obra.


Al folio 62 cursa copia simple de cheque correspondiente a la entidad Bancaria BANFOANDES N° de cuenta 0007 0075 40 000000015 cheque N° 58730269, de fecha 04 de octubre de 2005, de la cuenta de: Instituto Autónomo Consejo Nacional de la Vivienda, por un monto de CIENTO DIEZ MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 20 CTMS (Bs. 110.690.297,20) pagadero a la ciudadana YUDITH CARABALLO.

Al folio (163) cursa copia simple de Recibo expedido por Instituto Autónomo Consejo Nacional de la Vivienda Ministro de Estado para la Vivienda y Habitat, por concepto de cancelación de anticipo del 29% para la ejecución del proyecto “Mi Esperanza”, en el Distrito Capital, Municipio Libertador, sector Guamacho parte baja, de la comunidad Guamacho parte baja, según lo analizado por el programa VIII, con cargo a los recursos del convenio CVP.

Copia Simple de cheque correspondiente a la entidad Bancaria BANFOANDES N° de cuenta 0007 0068 11 0000002089, cheque N°02740003, de fecha 06 de febrero de 2006, pagadero a COOPERATIVA SANACION Y PROGRESO VII, R.L, por un monto de CIENTO SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 31 CTMS (Bs. 106.262.685,31.

Informe de Avance de Obras, suscrito por el ciudadano Ingeniero Pedro Angola Mendoza, Inspector del Comité de Tierras Urbanas Mi Anhelo-Ministerio de Habitat y Vivienda, de fecha 20 de Enero de 2007, del mismo se desprende lo siguiente:
…”SUSTITUCION: Construcción de la vivienda de la Ciudadana Carmen España, ubicada en la Av. Principal del Limón….
Construcción de la vivienda de la Ciudadana Judith Caraballo, ubicada en la Av. Principal del Limón, Sector El Guamacho parte baja…
MEJORAS: En lo que respecta a lasa mejoras de vivienda se observó lo siguiente:
Vivienda de la Ciudadana Consuelo Cocho, ubicada en la Av. Principal del Barrio el Limón Sector el Guamacho parte baja, …
Vivienda de la Ciudadana Laura Mendoza, ubicada en la Av. Principal del Limón entrada de el sector el Guamacho …

CONSTRUCCIONES NO RESIDENCIALES:
“…”
Construcción de pared de bloque de cemento y columnas de concreto ubicada en la Av. Principal del Barrio El Limón con un área de 28,75 mts. Lineales y aproximadamente 3,80 metros de altura para un total de 45,25 mts2.
Construcción de escaleras públicas, ubicada en la Av. Principal del Barrio El Limón de 19 metros lineales de 50 escalones de 1,00 x 0,30 x 0,005 de espesor”…

Al respeto, una vez estudiada y analizada la denuncia presentada por la ciudadana JUDITH DEL C. CARABALLO YANEZ, representante del Comité de Tierras Urbana “Mi Anhelo” número 000090, consideró el Ministerio Publico que los hechos allí expuestos deben ser tramitados y resueltos por los Tribunales Civiles correspondientes con las acciones que especifican tanto el Código Civil como el Código de Procedimiento Civil, toda vez que no existe la comisión de hecho punible alguno, de acción pública que pueda permitir al Ministerio Publico iniciar la investigación penal correspondiente.

En el caso concreto, se observa que la ciudadana JUDITH CARABALLO, denuncia que con ocasión al contrato de obra suscrito por la Cooperativa Sanación y Progreso VII, R.L con el Comité de Tierra Urbana “Mi Anhelo” y con la señora Elsy Yaneth Zambrano (MIEMBRO DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DEL CTU) C.I 10.827.464 y el Abogado Alexis Zambrano Peñalver C.I 9.956.183 se produjeron hechos tales como:
1.- La cooperativa Sanación y Progreso VII, R.L no entregó al Comité de Tierras Urbanas la siguiente documentación: Presupuesto aprobado con su análisis de precio, memorias descrioptiva, cronograma de trabajo y cronograma de inversión, así como documento referido al registro Nacional de Contratista.
2.- Abandono de obras contratadas por parte de la Cooperativa Sanación Progreso VII R.L
3.- En concordancia con la cláusula cuarta, relacionada al monto del contrato, imprecisión en cifras.

Establecido lo anterior, se observa que estaríamos ante la presencia de un incumplimiento de contrato, para lo cual existen mecanismos correspondientes para el cumplimiento de lo estipulado en el contrato, según lo dispuesto en las disposiciones legales, siendo que en el ámbito judicial, le corresponde a la materia civil y no penal, en consecuencia al no revestir el hecho denunciado carácter penal, se ADMITE la desestimación de la denuncia de la ciudadana JUDITH DEL C. CARABALLO YANEZ, representante del Comité de Tierras Urbana “Mi Anhelo”, solicitada por la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en los artículos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal.