REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
JUZGADO CUARTO DE CONTROL

Caracas, 08 de Abril de 2008
197º y 149º

Vista la solicitud interpuesta por el ciudadano ABG. JIMMY CENTENO, Defensor Público Décimo Tercero (13º) Penal adscrita al Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas con competencia en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en su carácter de defensor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, mediante la cual requiere de este Despacho se extienda el período de presentaciones a las cuales se encuentra sometido su patrocinado, y vista así la Nota de Secretaría levantada a propósito de la diligencia practicada con miras a la verificación del recaudo consignado, esta Juzgadora para decidir observa:

El Defensor del adolescente imputado en su escrito de solicitud ha anexado Constancia de Trabajo, emitido por el BANCO COMUNAL “EL GRITO AL SOCIALISMO”, la cual evidencia que el adolescente prenombrado esta Trabajando desde hace tres meses, ocupando el cargo de AYUDANTE DE ALBAÑILERÍA, por lo que se le dificulta solicitar permiso de salida para poder presentarse una vez por semana hasta la sede del Tribunal - a decir de la defensa- dificulta el ejercicio cabal del deber que éste le impone, pues las presentaciones ante la sede del Órgano Jurisdiccional, pudieran obstaculizar el normal desempeño de la función que tiene encomendada.

Así la cosas tenemos que exaltar de bulto que tal y como lo refiere la Nota de Secretaría cursante al folio sesenta y cuatro (64), se realizó llamada telefónica, en esta misma fecha discándose al número telefónico local que consta al pie de la constancia emitida presuntamente por representantes del BANCO COMUNAL “EL GRITO DEL SOCIALISMO”, siendo la misma atendida por la señora Ramona Hernández, titular de la cédula de identidad N° 6.547.578, quién informo que ese número pertenece a una casa de familia (Estirpe Jiménez), y que el adolescente antes mencionado sí realiza trabajos de albañilería en dicha casa, pero que asiste esporádicamente, por tal razón, considera quien decide procedente y ajustado a derecho, negar la solicitud de extensión de presentaciones, interpuesta por el ciudadano ABG. JIMMY CENTENO, Defensor Público Décimo Tercero (13º) Penal adscrita al Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas con competencia en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en su carácter de defensor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA , en razón de no estar acreditado el obstáculo alegado por el mismo que imposibilite el incumplimiento cabal y efectivo de la medida impuesta objeto de revisión en éste acto. Así se decide.