REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, once (11) de Abril de 2008
197º y 149º.

Exp Nº AP21-R-2008-000438

PARTE ACTORA: RAMON EDUARDO TOVAR y JESUS ENRIQUE JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 3.812.442 y 12.686.786, respectivamente.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ANGEL ARMANDO ALVAREZ, abogado en ejercicio, de éste domicilio, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 99.040.

PARTE DEMANDADA: EL OFERTAZO, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No consta en autos.

ASUNTO: Apelación en contra de la decisión dictada en fecha diecisiete (17) de marzo de 2008 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

Sentencia: Interlocutoria con fuerza definitiva.

Han subido a esta alzada por distribución las presentes actuaciones en virtud de la apelación interpuesta por el abogado ANGEL ALVAREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte ACTORA contra la decisión de fecha diecisiete (17) de marzo de 2008 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

Recibidos los autos en fecha cuatro (04) de abril de 2008, se dio cuenta a la Juez Titular de éste Juzgado, y así mismo se fijó la oportunidad de la audiencia de parte para el día jueves diez (10) de Abril 2008, a las 3:00pm.

Siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia en la cual se dictó el dispositivo del fallo, esta Sentenciadora procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:

CAPITULO I
OBJETO DE LA APELACION

La presente controversia tiene por objeto resolver la apelación que interpuso la parte actora en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en fecha diecisiete (17) de marzo de 2008, mediante el cual declaró inadmisible la acción intentada por los ciudadanos RAMON EDUARDO TOVA y JESUS ENRIQUE JIMENEZ en contra de la empresa EL OFERTAZO, C.A.
CAPITULO II
DEL DESISTIMIENTO

Siendo la oportunidad legal para decidir, esta Alzada observa que iniciada la audiencia de parte fijada para el día y hora señalados supra, la secretaria del Tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente en la oportunidad de la audiencia fijada.

De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante, su comparecencia, y en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia al acto acarrea el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está establecido en todo lo largo de la normativa procesal para las audiencias a celebrarse, por ante los Juzgados Superiores.

En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia del apelante a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por el abogado ANGEL ALVAREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte ACTORA contra la decisión de fecha diecisiete (17) de marzo de 2008 dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

DISPOSITIVO

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano ANGEL ALVAREZ, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la decisión de fecha 17 de marzo de 2008 dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas. Todo en el juicio incoado por los ciudadanos RAMON EDUARDO TOVAR y JESUS ENRIQUE JIMENEZ contra la EL OFERTAZO C.A.
No hay condenatoria en costas a la parte actora del presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.

Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas, a los once (11) días del mes de Abril de 2008.

JUEZ TITULAR.

DRA. MARJORIE ACEVEDO GALINDO
LA SECRETARIA

ABG. EVA COTES

NOTA: En el día de hoy, se dictó, publicó y diarizó la anterior sentencia.

LA SECRETARIA


ABG. EVA COTES



MAG/hg
Exp N° AP21-R-2008-00438