REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto (5°) de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de abril de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
AP21-L-2005-003393
En el juicio incoado por los ciudadanos TEOFILO CHACON MORALES, ISMAEL RODRIGUEZ INFANTE, PABLO ESCALONA JIMENEZ, PEDRO JESUS MONTILLA, JOSE ANTONIO FLORES, JOHAN DAVID GIL MENDOZA, DANIEL ESCALONA y JORGE VALERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad N° 4.674.745, 10.503.058, 10.811.795, 10.099.253, 9.482.173, 15.374.194, 10.811.795 y 4.282.544, representada por los ciudadanos abogados ANA VERONICA SALAZAR, MICKEL AMEZQUITA PION, ANASTACIA RODRIGUEZ, JOSE TEODORO AGUILAR, GERMAN DE JESUS MORALES PIEDRAHITA y KARELIA GONZALEZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los N° 82.657, 97.648, 88.222, 21.833, 121.170 y 30.348; respectivamente, contra la demandada “DISTRIBUIDORA CONTINENTAL, S.A.” representada por los abogados MANUEL SANTIAGO VARELA RAMOS, ALEJANDRO IGNACIO VILLORIA GARCIA, MANUEL ANDRES ROMERO AMPARAN y LUIS CARLOS GALLEGOS BARRETO, inscritos en el I.P.S.A. bajo el N° 47.386, 65.687, 107.058 y 99.395, respectivamente, por cobro de horas extraordinarias, este Juzgado observa lo siguiente:
Las partes presentaron escrito en fecha dieciocho (18) de abril de dos mil ocho (2008) que corre inserta al folio N°35, de la pieza numero dos (02) del presente expediente, mediante la cual las partes solicitan se homologue el desistimiento del procedimiento presentado por la parte actora y se ordene el archivo del expediente, en este sentido, este Juzgado HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoado por los ciudadanos TEOFILO CHACON MORALES, ISMAEL RODRIGUEZ INFANTE, PABLO ESCALONA JIMENEZ, PEDRO JESUS MONTILLA, JOSE ANTONIO FLORES, JOHAN DAVID GIL MENDOZA, DANIEL ESCALONA y JORGE VALERA contra “DISTRIBUIDORA CONTINENTAL, S.A.”, en los términos expuestos, dándole efectos de cosa juzgada, en virtud que no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores ni normas de orden público, por lo que se ordena el cierre y archivo de la presente causa una vez vencidos los lapsos legales. ASI SE ESTABLECE.

DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO por cobro de horas extraordinarias incoado por los ciudadanos TEOFILO CHACON MORALES, ISMAEL RODRIGUEZ INFANTE, PABLO ESCALONA JIMENEZ, PEDRO JESUS MONTILLA, JOSE ANTONIO FLORES, JOHAN DAVID GIL MENDOZA, DANIEL ESCALONA y JORGE VALERA contra “DISTRIBUIDORA CONTINENTAL, S.A.”, partes debidamente identificadas en los autos. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena el cierre y archivo del presente expediente una vez vencido los lapsos legales. ASI SE ESTABLECE.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. CUMPLASE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA.-
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, a los veintiún (21) días del mes de abril de dos mil ocho (2008). Año 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ DE JUICIO

OSWALDO FARRERA CORDIDO
LA SECRETARIA,


YAIROBI CARRASQUEL
En la misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), se consignó y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

YAIROBI CARRASQUEL