REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de abril de dos mil ocho (2008)
197º y 149°
ASUNTO: AP21-L-2007-004930
Visto escrito Transaccional de fecha 15 de abril de 2008, presentada por el ciudadano JONNY ALBERTO MANZANILLA MATHEUS, cédula de identidad N°V-6.266.194, debidamente representado en dicho acto por la abogada DALIA COIRÁN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°92.729, en su condición de parte Actora y por la parte Demandada la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., debidamente representada por el abogado GERARDO HENRIQUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°36.225; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en virtud de los expuesto, le imparte la HOMOLOGACION a dicha Transacción, cuyo monto fue por Bs.F.52.000,00. Asimismo, y como quiera que las partes solicitaron copia certificada, este Tribunal, conforme al numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las acuerda e igualmente declara así terminado el presente proceso, y ordena su remisión al archivo judicial. Así se establece.-
La Juez
La Secretaria
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
Abg. Norialy Romero