REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de abril de dos mil ocho (2008)
197º y 149º

ASUNTO: AP21-L-2008-000577

Vista diligencia de fecha 07 de abril de 2008, presentada por el ciudadano NELSON PARRA GONZÁLEZ, cédula de identidad N°V-5.591.923, debidamente representado por la abogada CARMEN XIOMARA LOBO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°64.345, en su condición de parte Actora y por la parte Demandada, la sociedad mercantil SERENOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, debidamente representada por el abogado YOEL SIERRALTA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°81.754; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en virtud de lo expuesto, le imparte la HOMOLOGACION a dicho Acuerdo, cuyo monto fue por Bs.F.5.369,96. Asimismo, se declara terminado el presente proceso, y ordena su remisión al archivo judicial. Así se establece.-
La Juez

La Secretaria
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
Abg. Norialy Romero