REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de abril de dos mil ocho (2008).
198º y 149º.

ASUNTO: AP51-S-2007-018039.

Vista la diligencia cursante al folio 44 del presente asunto, suscrita por el abogado PASCUAL HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.282, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YUDEICIS MAILEZ SANCHEZ CHACON, titular de la cédula de identidad Nro. V-9,959.042, mediante la cual solicita que se dicte un auto homologando el escrito complementario presentado en fecha 28 de marzo de 2008 (f. 39 y 40); igualmente, que fueran acordadas las copias certificadas solicitadas en dicho escrito; en consecuencia, se acuerda agregar a los autos el mencionado escrito presentado por los ciudadanos YUDEICIS MAILES SANCHEZ CHACON e HITER EDUARDO RUIZ HERRERA, y téngase como complemento del escrito libelar; ahora bien, esta Sala de Juicio, le imparte su respectiva homologación en los mismos términos y condiciones por ellos establecidos en el citado escrito; en cuanto, a las copias certificadas solicitadas en dicha diligencias, este Despacho las acuerdas, quedando en la espera que la parte interesada consigne los fotostatos para su debida certificación por Secretaria, y así se hace saber.
LA JUEZ

DRA. MARIA GABRIELA OLAVARRIA.
LA SECRETARIA

Abg. EMELY VILLAMIZAR.
Asunto: AP51-S-2007-018039.