Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 12
Caracas, veintiuno (21) de abril de dos mil ocho (2.008)
197º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-005017
Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio siete (07) del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos JEAN COLMENARES ORTEGA y RENZON ALEXANDER LOZADA CASTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-13.112.025 y V-17.441.104, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la ciudadana MAGALY ISABEL MÁRQUEZ de RONDON, y a su hija XXX, esposa e hija del De Cujus RAMÓN DE JESÚS RONDON CARPO, quien era titular de la Cédula de Identidad No. V-5.409.585, quien falleció en fecha catorce (14) de diciembre del año 2.007; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA,
ADRIANA MIRELES
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