CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL Nº 12
Caracas, veintitrés (23) de abril de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ASUNTO: AH51-X-2007-000060

Vista la diligencia presentada por el ciudadano VICTOR M. TEPPA H., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-3-611.062, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.50.552 en fecha 18 de abril de 2008, mediante la cual desistió de la presente acción. Este Tribunal Unipersonal No. XII, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte Homologación a dicho desistimiento, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda la devolución previa certificación en autos, de los documentos originales que corren insertos en el presente expediente. Así se decide. Dada, firmada y sellada en el despacho de la Juez No. XII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas 23 de abril de 2008.- Años 198 de la Independencia y 149 de la Federación.-
La Juez

Sara Guardia Soto
La Secretaria Secretario

Adriana Mireles