REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° XIII

Caracas, 28 de abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2001-001427
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente y vista la diligencia que antecede suscrita por los ciudadanos SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, debidamente asistidos por la Defensora Delegada de los Derechos de la Mujer del Instituto Nacional de la Mujer, Abg. SANDRA BOLIVAR, mediante la cual solicita que sea liberada el plazo fijo de CIENTO CUARENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS DE BOLIVARES FUERTES (Bf. 142,60) por cada uno, así como los intereses generados por dicho plazos fijos que se encuentra el primero a favor de la ciudadana SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, en la cuenta de ahorro N° 01080229630200189081, y el segundo a favor del ciudadano SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, en la cuenta de ahorros N° 01080229680200189103, de la Entidad financiera BBVA Banco Provincial, que se encuentran a sus respectivos nombres. En consecuencia este despacho judicial al verificar que efectivamente dichos ciudadanos adquirieron la mayoría de edad la primera en fecha en fecha 09/6/2006 y el segundo el 12/4/2008, se ordena se haga entrega de las libretas de ahorros respectivas, de la cuenta de ahorros antes identificadas, de la Entidad financiera BBVA Banco Provincial, al ciudadano los ciudadanos SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, titulares de las cédula de identidad Nros. V-19.557.639 y V-19.478.090, respectivamente, a tal fin se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C.) con el objeto de que le hagan entrega de las libretas antes referidas. Finalmente se acuerda el cierre y archivo del presente expediente. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ

Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren
LA SECRETARIA

Abg. Dayana Estaba



ASUNTO: AP51-S-2001-001427