REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio XIV
Caracas, 03 de Abril de 2008
197º y 148º

ASUNTO: AP51-S-2008-005060
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial (URDD), anótese en los libros respectivos, acéptese y désele entrada. Visto el Convenimiento de Obligación de Manutención que antecede, presentado por la abogada GRACIELA AGUILAR, en su carácter de Fiscal Centésima (100°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas; a solicitud de los ciudadanos MARÍA EUGENIA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ y HÉCTOR ENRIQUE GAMEZ DORTA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.785.547 y V- 9.962.643, respectivamente, a favor de sus hijas, las niñas, (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). En consecuencia, esta Sala de Juicio LA ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y procede a HOMOLOGAR el presente Convenimiento de Obligación de Manutención, en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y al Adolescente. Se acordó la apertura de Cuenta de Ahorro a nombre de las referidas niñas con representación de su madre, ciudadana MARÍA EUGENIA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 12.785.547, a quien se autoriza a retirar la Liberta de Ahorro y la movilización de la cuenta, para lo cual se acuerda enviar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial. Expídase copias certificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, para que sea entregada a las partes una vez que consignen los respectivos fotostatos.- Cúmplase.-
LA JUEZA,

ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA EL SECRETARIO

ABG. CARLOS ANDRÉS FONSECA
YLV/CAF/
Convenimiento O.M.