REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, once (11) de Abril de Dos mil Ocho (2008)
Años: 197º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2007-017806

Vista la solicitud presentada por la ciudadana TAMARA NARANJO PERENEY, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.456, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ROMANA FERNANDEZ PADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.943.040, así como la aceptación y juramentación hecha por el Curador Especial designado, el ciudadano CESAR EDUARDO ROJAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.441.141, en beneficio de la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 270 del Código Civil Venezolano, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguense a la solicitante.
EL(A) JUEZ(A)


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA

ABG. KARLA SALAS


YCH/KS/ych.
Motivo: Autorización Judicial para cobrar.
ASUNTO: AP51-S-2007-017806