REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, ocho (08) de Abril de Dos Mil Ocho (2008)
Años: 197º y 149º


ASUNTO: AP51-V-2008-003890

Vista la diligencia de fecha tres (03) de Abril de 2008, suscrita por la Defensora Pública Primera (1°) de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, abogada BEATRIZ ZAMORA, así como la aceptación y juramentación hecha al cargo de Defensora Judicial del niño (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), para la cual fuere designada por el Servicio Autónomo de la Defensa Pública en virtud de la solicitud que hiciere éste Despacho Judicial. Esta Jueza Unipersonal N° 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. Así se declara.
LA JUEZ


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ

LA SECRETARIA

ABG. KARLA SALAS


YCH/KS/ych.
Motivo: Colocación Familiar.-
ASUNTO: AP51-V-2008-003890