REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ____ de ___________ de 2008.-
Años 197° y 149°.-

Se elabora el presente auto a los fines de proveer sobre la medida de prohibición de enajenar y gravar, solicitada en el libelo de demanda, en el juicio que por Estimación e intimación de Honorarios Profesionales sigue el ciudadano Octavio García Contasti contra la ciudadana Katalina Kowalenko; y, sobre la medida solicitada, el Tribunal considera: revisadas las actas que conforman este expediente y constatado de ellas riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo y la presunción grave de esa circunstancia y del derecho reclamado, considerando que se encuentran llenos los extremos de Ley previstos en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre los derechos que le pueda corresponder a la ciudadana Katalina Kowalenko, del siguiente bien: “apartamento distinguido con el número y letra B-22 del edificio “B” del Conjunto Residencial Sarqui”, ubicado en la Urbanización Las Mercedes, Sección La Peña, en Jurisdicción del Municipio Baruta, Distrito Sucre, del Estado Miranda (actualmente Municipio Baruta del Estado Miranda) parcela M-115, con una superficie aproximada de doscientos treinta metros cuadrados (230 mts2) y alinderado de la siguiente manera: Norte: apartamento B-21 y núcleo de circulación vertical; Este: fachada posterior que da hacia el patio de ventilación posterior con el edificio del estacionamiento y núcleo de circulación; Sur: fachada lateral que da hacia la parcela M-114, y Oeste: fachada principal hacía la Urbanización Las Mercedes y parcela M 114, le corresponde tres puestos de estacionamientos, asignados con los Nos 15, 16 y 17 respectivamente, ubicados en el semisótano segundo y un maletero marcado con el número y letra “22-B”, en el semisótano dos. Le corresponde un porcentaje de condominio de cuatro enteros y cinco mil seiscientos trece milésimas por ciento (4,5613%).- Dicho inmueble pertenece a la ciudadana Katalina Kowalenko, según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Baruta del Estado Miranda Bajo el número 19, Tomo 9, protocolo primero, en fecha 19 de septiembre de 2000”.- Ofíciese lo conducente al Registrador respectivo, bajo oficio a los fines de que estampe la nota marginal correspondiente.-
La Juez,
La Secretaria
María Rosa Martínez Catalán.
Norka Cobis Ramírez




En esta misma fecha se libró oficio número
La Secretaria.-








Exp Nro 44647.-