REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas,
Años: 197º y 149º.-

Se inicia la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por la ciudadana ANTHGLORIS DIAZ MEZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 43.889, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana KARINA MERCEDES BLANCHARD QUINTERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad Nº V-10.481.028, mediante la cual solicita la Rectificación del Acta de Defunción de su madre ROSA VIRGINIA QUINTERO DE BLANCHART, la cual se encuentra insertada en el Acta Nro. 14 de los Libros de Registro Civil de Defunciones del año 1999, llevados por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual se incurrió en el error material al transcribir el apellido de casada de la ciudadana ROSA VIRGINIA QUINTERO DE BLANCHART como: ROSA VIRGINIA QUINTERO DE PLANCHART, siendo lo correcto: “ROSA VIRGINIA QUINTERO DE BLANCHART”, el tribunal la Admite cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden publico, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley.- para probar lo alegado la solicitante consignó: copia certificada del Acta de Defunción de su madre, anteriormente identificada -a su decir- donde consta el error en referencia, la Cédula de identidad de su madre y de su padre, el ciudadano EDILIO BLANCHARD GARCIA y copia simple del Acta de Matrimonio entre los ciudadanos ROSA VIRGINIA QUINTERO DE BLANCHART y EDILIO BLANCHARD GARCIA -a su decir- en donde consta el verdadero apellido de casada de la ciudadana ROSA VIRGINIA QUINTERO DE BLANCHART.- El Tribunal luego de revisar las actas, pudo constatar que se encuentra probado el error en cuestión.
Ahora bien, en vista de que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de forma ordinario; este Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda Tramitar la Presente solicitud en forma sumaria, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 773, del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, líbrese oficio a la Prefectura de la Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Distrito Capital, a fin que se sirve estampar la nota marginal correspondiente y corregir el error, donde dice: ROSA VIRGINIA QUINTERO DE PLANCHART, debe decir: “ROSA VIRGINIA QUINTERO DE BLANCHART”, y así se decide.-
Líbrense oficios tanto a la citada Prefectura como al Registro Principal del Distrito Capital, participándole lo conducente.-
Para los fines legales consiguientes expídase por secretaria las copias certificadas que fueren menester a los interesados con inserción del presente auto y remítanse las necesarias a las autoridades Civiles Competentes.-
EL JUEZ,


LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ

LA SECRETARIA,


MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-


LRHG/MGHR/OERD.-
Exp. Nº F08-5063