República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil
y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cuatro (04) de abril de dos mil ocho (2.008)
Años: 197º y 149º
Visto el escrito presentado en fecha catorce (14) de marzo de dos mil ocho (2.008) por los ciudadanos Billatriz Elena Rojas y José Gregorio Marín Picon, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad números V- 9.391.606 y V- 7.393.716, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la ciudadana Auristella Escalona Duhamel, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.563, contentivo de la Partición Amistosa de Bienes habidos en la comunidad conyugal, este Tribunal, ordena darle entrada, asignarle la numeración correlativa respectiva y anotarlo en los Libros correspondientes, admitiéndolo por no ser contrario a derecho, a las buenas costumbres o, a alguna disposición expresa de la Ley, impartiéndole su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos por ellos expuestos, de conformidad con lo previsto en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo se ordena la devolución de los recaudos originales consignados previa certificación que de ellos se haga por secretaría. Elabórense las copias de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del mismo Texto Procesal, una vez sean consignados los fotostátos correspondientes para ello, debiéndolas suscribir conjuntamente en todas y cada una de sus partes tanto por la Secretaria de este Tribunal, como por la ciudadana Nakaryd Pineda, Funcionaria adscrita a este despacho judicial. Cúmplase.-
El Juez Titular,
Dr. Carlos Spartalian Duarte
La Secretaria Titular
Abg. Lisbeth Rodríguez González
En esta misma fecha se requieren fotostatos.-
La Secretaria Titular
Abg. Lisbeth Rodríguez González
CSD/LRG/Nakaryd.-
Exp. N° 08-0130.-
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