Este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, siendo las tres de la tarde (3:00 p.m.) hora fijada para dictar el dispositivo en la presente acción de amparo constitucional, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano LUIS MANUEL PACHECO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.958.028, debidamente asistido por el abogado en ejercicio MANUEL PINTO SILVA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.899 contra el ciudadano JESUS DEL VALLE COVA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.512.585, debidamente representado por sus apoderadas judiciales abogados JUDITH APARICIO y LILIANA DEL CARMEN RODRIGUEZ CARRERA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos 72.900 y 91.987, ello en acatamiento a la sentencia vinculante Nº 7 dictada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el 1º de febrero de 2000 (caso Mejìa-Sánchez).
Se hace del conocimiento de las partes que el fallo en extenso será publicado dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy, dejando expresa constancia que de conformidad con la sentencia Nº 3046 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 02 de diciembre de 2002 con ponencia del magistrado Dr. Pedro Rafael Rondon Haaz, ni los sábados, ni domingos, ni los días feriados son hábiles para la actuación en el proceso de amparo.
Dada, firmada y sellada en la sala de este Despacho del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los tres (3) días del mes de abril de 2008.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ELIZABETH BRETO GONZALEZ,
EL SECRETARIO,
JOSE OMAR GONZALEZ.
Exp. Nº 25.173.
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