REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 09 de abril de 2008
196° y 147°
Promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara las presentes actuaciones de Únicos Universales Herederos del de cujus LUIS RAFAEL HERRERA MEDINA, quien era titular de la cédula de identidad Nro. V- 253.425, a favor de los ciudadanos AURA MONTAGNE DE HERRERA, LUIS RAFAEL HERRERA MONTAGNE, OMAR ANTONIO HERRERA MONTAGNE, ANGEL EDUARDO HERRERA MONTAGANE y MARÍA LEONOR HERRERA MONTAGNE, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V- 965.621, V- 4.268.375, V- 4.246.681, V- 6.135.491 y V- 4.812.570, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
JOSÉ OMAR GONZALEZ.
Exp. Nro. S-6932.
EBG/JOG/sol**