REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 09 de abril de 2008
197º y 149º
Vista la solicitud ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS que encabezan las presentes actuaciones, así como la Justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto JULIO ALFREDO ISTURIZ MANZO, a las ciudadanas LUCY DOLORES CASTRO APONTE, MARIA FERNANDA ISTURIZ CASTRO y ANA KARINA ISTURIZ CASTRO, todas de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. 5.520.226, 13.691.950 y 16.028.462, respectivamente. Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y de salida del Archivo dejándose copia certificada de la misma en el Archivo de este Juzgado.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abg. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.
EL SECRETARIO,
EBG/JOG/Luis M.-
S-6948.-