Nº 21.306.- Asitt: 04
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
PARTE ACTORA: JESUS FRANCISCO DOMINGUEZ SIERRAALTA y JUAN ANTONIO GONZALO CASABLANCA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 3.724.570 y 3.148.728, respectivamente, abogados en ejercicio y debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 69.025 y 17.169, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación.-
PARTE DEMANDADA: FRANCISCO ANTONIO ESTRELLA HIDALGO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 1.882.570.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS FRANCISCO GARCIA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.985.-
MOTIVO: INTIMACION DE HONORARIOS.-
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.-
Se inicia la presente demanda por INTIMACION DE HONORARIOS, mediante libelo presentado en fecha 30 de Marzo de 2006, por los ciudadanos JESUS FRANCISCO DOMINGUEZ SIERRAALTA y JUAN ANTONIO GONZALO CASABLANCA, antes identificados.
Admitida como fue la demanda por auto de fecha 16 de Mayo de 2006, se ordeno la intimación del demandado. En fecha 26 de julio de 2006, fue librada la boleta de intimación al demandado, así mismo en fecha 18 de Octubre de 2006, comparece ante este Juzgado la que para el momento fuera Alguacil Titular de este despacho, ciudadana Rosa Lamon, con el fin de exponer su imposibilidad de practicar la intimación a la parte demandada.
En fecha 23 de Octubre de 2006, y vista la imposibilidad de llevar a cabo la intimación mediante boleta por el ciudadano alguacil, la parte actora solicita sea librado cartel a la parte demandada; en fecha 15 de Enero de 2007, este Juzgado acuerda en conformidad y ordena librar cartel de citación a al demandado.
En fecha 18 de Febrero de 2008, los ciudadanos JESUS FRANCISCO DOMINGUEZ SIERRAALTA y JUAN ANTONIO GONZALO CASABLANCA, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 3.724.570 y 3.148.728, respectivamente, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 69.025 y 17.169, respectivamente, actuando en su propio nombre y el ciudadano FRANCISCO ANTONIO ESTRELLA HIDALGO, titular de la cedula de identidad Nº V- 1.882.570, y debidamente asistido por el abogado LUIS FRANCISCO GARCIA MARTINEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.985, solicitan al Tribunal se diera por terminado el juicio por haber celebrado una transacción.
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
Vista la transacción celebrada por las partes y tomando en cuenta lo previsto el en artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
De lo expuesto en forma precedente, cabe destacar que el convenimento, transacción o desistimiento de la acción impide volver a ejercerla de nuevo, ya que el derecho que le servía de fundamento dejó de existir, en consecuencia, se da por consumado el acto, y así se decide.
Por el razonamiento antes expuesto, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Transacción acordada en la cual el ciudadano FRANCISCO ANTONIO ESTRELLA HIDALGO, cancela en ese acto la deuda totaladquirida con los ciudadanos JESUS FRANCISCO DOMINGUEZ SIERRAALTA y JUAN ANTONIO GONZALO CASABLANCA, antes identificados; así como cualquier otro término y/o condición expuesta por las partes, y de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, lo declara como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En cuanto a la suspensión de la medida de Prohibición de enajenar y Gravar, este tribunal se pronunciara por auto y cuaderno separado.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, ____________ Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
EL JUEZ,
LUIS TOMAS LEON SANDOVAL.-
EL SECRETRARIO
Abg. MUNIR SOUKI
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las __________, horas.-
EL SECRETARIO
MUNIR SOUKI.-
Exp.: Nº 21.306
LTLS/MS/JCG-04
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