REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Primero (01) de Abril del año dos mil ocho (2008), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m), se traslado y constituyo el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, de en compañía de Secretaria Titular Abogada Aurimar Flores Madera, de la Parte Actora, ciudadanos: NESTOR GIRAUD y JUAN MARCANO, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-2.103.653 y 6.956.011 , respectivamente; y de su Apoderado Judicial, Abogado Reinaldo Bermúdez, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 71.037, en la siguiente dirección: Recursos Humanos de Integral de Mercados y Almacenes Inmerca, ubicado en la Mezzanina, del Edificio Central, situado en la Calle Zea, con Avenida Intercomunal del Valle, Mercado Mayor de Coche, Municipio Libertador, Caracas ; a objeto de reincorporar a los ciudadanos NESTOR GIRAUD y JUAN MARCANO, y el pago de los salarios caídos causados desde la fecha del despido hasta su total y efectiva reincorporación en las labores que desarrollaban en la Sociedad Mercantil “INTEGRAL DE MERCADOS Y ALMACENES INMERCA, C.A. (INMERCA); decretada y ordenada por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con motivo del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de Efectos Particulares interpuesto por los Abogados REINALDO BERMUDEZ CARVAJAL y GREGORIO MAXIMILIADO ANDRADE ZAMBRANO, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de los ciudadanos: MARIA ELENA BORJA, JOSE ALBANO BRICEÑO, ALICIA MARCANO, NESTOR GIRAUD, ENITH IBARRA, ISOLINA LINARES, JUAN MARCANO, WILLIAMS MENDEZ, HENRY PALACIOS, JOSE QUERO y LUIS ENRIQUE VALERO, contra la Providencia Administrativa homologada por el Inspector de Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 15 de Noviembre del 2002, según se evidencia del expediente signado bajo el N° 147-02 nomenclatura de esta Inspectoría, Expediente de Causa N° 06-1485.- Seguidamente el Tribunal impuso de su misión a las ciudadanas: KAREM CAROLINA DURAN GUEDEZ y ANDREINA DE LA TRINIDAD ARENAS QUINTERO, identificadas con las cédulas de Identidad Nros. V-15.793.543 y V-12.422.333, respectivamente, en su caracteres de Gerente de Recursos Humanos la primera y la última de las nombradas como Consultora Jurídica de Inmerca, y en cumplimiento de la misión encomendada ordena la reincorporar a los ciudadanos NESTOR GIRAUD y JUAN MARCANO, y el pago de los salarios caídos causados desde la fecha del despido hasta su total y efectiva reincorporación en las labores que desarrollaban en la Sociedad Mercantil “INTEGRAL DE MERCADOS Y ALMACENES INMERCA, C.A. (INMERCA).- Cumplida como ha sido su misión acuerda dar por terminado el acto siendo las 11:50 am.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TITULAR
LAS NOTIFICADAS
LA PARTE ACTORA Y SU
APODERADO
LA SECRETARIA