REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, (04) de abril de dos mil ocho (2008)
197º y 148º

ASUNTO: AP21-S-2008-00309

Vista la Transacción presentada por ante este Juzgado en fecha: 26 de marzo de 2008, y suscrita por el ciudadano JEAN DEPESTRE GRATEROL, debidamente asistido por la abogado (a) ALIX AÑEZ, e inscrita (o) el bajo el No.117.122, de la parte oferente, según se evidencia de poder que consta en autos en el folio (03) por una parte, y por la otra la parte oferida ciudadano, debidamente representada por la ciudadana, quien es abogada (o) e inscrita (o) en el INPRE bajo el No., en la mencionada transacción, ambas partes reconocen y manifiestan no adeudarse nada más por ningún otro concepto y se otorgan …”un finiquito total y definitivo entre las partes…”, las partes aceptan el carácter de cosa juzgada de la presente transacción, como medio probatorio anexan al presente acuerdo marcado con la letra “A”, copia del cheque, se identifica como Cheque a nombre de la trabajadora.
En tal sentido, quien suscribe, vista la presente transacción, suscrita por los Abogados anteriormente identificados actuando en su carácter de parte oferente y en su carácter de parte oferente, mediante la cual la parte oferida entrega cheque en los términos anteriormente señalados y luego de examinar el contenido de la presente Transacción celebrada, constatado que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, procede de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo a impartir su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático. Cúmplase con lo ordenado.
El JUEZ,


CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA

Abg. JETSY MARCANO