REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 33° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de abril de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP21-S-2008-000379
Visto el escrito transaccional de fecha 23 de Abril de 2008, presentado por la ciudadana ANDREINA MATOS, en su carácter de parte actora, debidamente asistida por la abogada CINTHIA PEREIRA inscrita en el IPSA bajo el Nro. 107.230, y por la parte demandada su apoderada judicial María Waleska Garagorry inscrita en el IPSA bajo el Nro. 40.400, este Juzgador después de revisar exhaustivamente el escrito y comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos indicados en el referido escrito, dándole efectos de cosa juzgada. De igual manera se acuerda expedir copias certificadas solicitadas. Asimismo, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del expediente.-
La Juez
La Secretaria
Abg. Mónica Quintero
Abg. Lorena Guilarte
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