REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 5

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA QUINTA ACCIDENTAL DE LA CORTE DE APELACIONES DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

Nº 215-08
PONENTE: DRA. CLOTILDE CONDADO RODRÍGUEZ
CAUSA Nº S5-08-2327

Corresponde a esta Sala Quinta Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, conocer sobre la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.

Esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, observa:

CAPITULO I
DE LA COMPETENCIA

En la presente acción de amparo constitucional, se presume como agraviante a un Juez de Primera Instancia (Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal), siendo el caso, que según el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta debe ser interpuesta ante el Tribunal Superior al que emitió la Decisión, por lo que resulta en efecto, competente un Tribunal Superior en lo Penal de la misma Circunscripción Judicial, es decir, lo que hoy en día, se traduce en las denominadas Cortes de Apelaciones, a la luz de la Ley Penal Adjetiva.

Por otra parte, en decisión de fecha 20 de enero del 2000, (caso Emery Mata Millán vs. Ministro y Vice-Ministro del Interior y Justicia), fue precisada la competencia de las Cortes de Apelaciones, por lo que es forzoso reiterar el contenido de dicho pronunciamiento, según el cual a estas le corresponde el conocimiento de las acciones de amparo contra Juzgados de Primera Instancia en lo Penal.

En tal sentido, ciertamente corresponde el conocimiento de la presente acción de Amparo Constitucional, a esta Sala Quinta Accidental de la Corte de Apelaciones. Y ASÍ SE DECLARA.

CAPITULO II
DE LA ADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN

Una vez establecida la competencia, esta Sala, pasa a estudiar la admisibilidad de la misma, y al respecto se aprecia, que la presente acción no está incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Por otro lado, los quejosos han cumplido con las exigencias previstas en los artículos 18 y 19 ambos de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en consecuencia, procede esta Sala, a ADMITIR la presente acción de Amparo Constitucional, a tenor de lo dispuesto en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo preceptuado en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional Y ASÍ SE DECIDE.

D E C I S I O N

Por las razones antes expuestas, esta Sala Quinta Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.

SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional.

En consecuencia:

1.-Se ORDENA la notificación de la Juez del Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sobre la admisión de la presente acción, a fin de que comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo la Audiencia Constitucional.

2. Se ORDENA la notificación al ciudadano Fiscal Superior de esta Circunscripción Judicial, sobre la admisión de la presente acción, a fin de que asigne un Fiscal Especial, con el mero propósito de que comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines que se lleve a cabo la Audiencia Constitucional.

3. Se ORDENA la notificación al ciudadano ABG. ÁLVARO HITCHER MARVALDI, en su carácter de Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, sobre la admisión de la presente acción, a fin de que comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo la Audiencia Constitucional.

4. Se ORDENA la notificación a los ciudadanos ABGS. FRANCISCO ARMANDO DUARTE ARAQUE, JOSÉ RAMÓN DÍAZ ORTIZ y LUIS ANTONIO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, en su condición de Defensores Privados del ciudadano MARIO VASALLO SORIA, sobre la admisión de la presente acción, a fin de que comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo la Audiencia Constitucional.

5. Se ORDENA la notificación al ciudadano ABG. JOSÉ LUIS TAMAYO RODRÍGUEZ, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano PABLO ZULLI, -Parte Querellante en la causa principal-, sobre la admisión de la presente acción, a fin de que comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo la Audiencia Constitucional.

6. Se ORDENA la notificación a la ciudadana ABG. MRIAM MERLO GONZÁLEZ, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ZUNIRKA DEL CARMEN SOTO DE MORALES, -Parte Querellante en la causa principal-, sobre la admisión de la presente acción, a fin de que comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo la Audiencia Constitucional.

7. Se ORDENA la notificación a los ciudadanos MARIO VASALLO SORIA y SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en su condición de Acusados, sobre la admisión de la presente acción, a fin de que comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo la Audiencia Constitucional.

8. Se ORDENA la notificación a los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, sobre la admisión de la presente acción, a fin de que comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo la Audiencia Constitucional.

Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

EL JUEZ PRESIDENTE



DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA

LA JUEZ INTEGRANTE EL JUEZ INTEGRANTE



DRA. CLOTILDE CONDADO RODRÍGUEZ DR. RUBÉN DARÍO GARCILAZO

LA SECRETARIA



ABG. SOBEIDA HERRERA RUIZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-

LA SECRETARIA



ABG. SOBEIDA HERRERA RUIZ


CAUSA N° S5-08-2327
JOG/CCR/RDG/SHR/Mariana.





































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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
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EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano FISCAL SUPERIOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------


CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.


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ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la ciudadana ABG. NORBIS J. DÍAZ SUÁREZ, en su carácter de Juez Vigésima Séptima en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, o a quien haga de su veces, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, a los fines de que comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.


EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA

Notificado: ---------------------Fecha----------------hora-----------------

CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.



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Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano ABG. ÁLVARO HITCHER MARVALDI, en su condición de Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------


CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.


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EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A los ciudadanos ABGS. FRANCISCO ARMANDO DUARTE ARAQUE, JOSÉ RAMÓN DÍAZ ORTIZ y LUIS ANTONIO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, en su condición de Defensores Privados del ciudadano MARIO VASALLO SORIA, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------

CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.
DOMICILIO: SANTA TERESA A CRUZ VERDE, EDIFICIO METROBERA, PISO 1, OFICINA 14, CARACAS.

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ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano MARIO VASALLO SORIA, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------

CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.
DOMICILIO: URBANIZACIÓN EL TORO, SEGUNDA SUB-ESTACIÓN, EDIFICIO PAVO REAL, PISO 3, P.H., MARACAY, ESTADO ARAGUA.



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EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YAÑIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCO, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------

CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.
DOMICILIO: MIRACIELOS A HOSPITAL, EDIFICIO SUR 2, PISO 11, OFICINA 11-09, PARROQUIA SANTA TERESA, CARACAS.

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ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCO, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------

CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.
DOMICILIO: AVENIDA PRINCIPAL DE LOS RUICES, EDIFICIO CENTRO EMPRESARIAL LOS RUICES, OFICINA 203, CARACAS.



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EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A los ciudadanos ABGS. JOSÉ LUIS TAMAYO RODRÍGUEZ y JOLSENY CAROLINA TAMAYO OVALLE, en su condición de Apoderados Judiciales del ciudadano PABLO ZULLI ANGELLUCCI, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------

CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.
DOMICILIO: AVENIDA LOS JABILLOS, TORRE TEPUY, PISO 9, SABANA GRANDE CARACAS.

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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano PABLO ZULLI ANGELLUCCI, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------

CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.
DOMICILIO: EDIFICIO RIGEL, TORRE B, PISO 2, APARTAMENTO 21, AVENIDA PRIMERA CON CALLE 14 DE LA URBANIZACIÓN LOS SAMANES, MUNICIPIO BARUTA, ESTADO MIRANDA.


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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la ciudadana ABG. MIRIAM MERLO GONZÁLEZ, en su condición de Apoderada Judicial de la ciudadana ZUNIRKA DEL CARMEN SOTO DE MORALES, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------

CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.
DOMICILIO: CALLE MOSENSOL, RESIDENCIAS SOROCAIMA, PISO 1, APARTAMENTO 1-1B, URBANIZACIÓN EL MÁRQUES, DISTRITO CAPITAL.


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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
EN SEDE CONSTITUCIONAL

Caracas, 04 de Agosto de 2008
198° y 149°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la ciudadana ZUNIRKA DEL CARMEN SOTO DE MORALES, que esta Sala, en esta misma fecha, emitió los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos ABGS. ELIÉCER PEÑA GRANDA y YALIRA A. GRANDA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano SANTO ORLANDO GIANFURCARO, en contra del Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ABG. NORBIS J DÍAZ SUÁREZ.
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo, todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en total comprensión con el fallo emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-02-2000, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en el caso José Amado Mejías Betancourt y José Sánchez Villavicencio, en el expediente N° 00-0010, por medio del cual se establecieron las pautas a seguir en el nuevo procedimiento de Amparo Constitucional. …”.

Notificación que se le hace a usted, para que designe un Fiscal especial, y comparezca por ante esta Sala, dentro de las 96 horas siguientes a la última notificación efectuada, a los fines de que se lleve a cabo el acto de la Audiencia Constitucional.

EL JUEZ PRESIDENTE


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


NOTIFICADO--------------------------FECHA-------------HORA------------

CAUSA N° S5-08-2327
JOG/Mariana.
DOMICILIO: CONJUNTO RESIDENCIAL LOS HELECHOS, TORRE C, PISO 16, APARTAMENTO 61, SECTOR EL SITIO, SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, ESTADO MIRANDA.