REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Cuatro (04) de Agosto de dos mil Ocho (2008)
198º y 149º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-000942.
PARTE ACTORA: IDULFO JOSE ROJAS PALACIOS.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JESUS URDANETA
PARTE DEMANDADA: IPASME.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA : LILIAN AVILA, EDILSA PRIETO.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO .
En el día hábil de hoy, Cuatro (4) de Agosto de 2008, siendo las 3:00 p.m, dia y hora fijado para que tenga lugar la audiencia conciliatoria en el presente asunto, comparecen los ciudadanos IDULFO JOSE ROJAS PALACIOS C.I N° 3.405.060 en su carácter de parte actora, JESUS URDANETA inpreabogado N°109.338 en su carácter de apoderado judicial de la párte actora según consta en poder de representación ya inserto en el expediente, EDILSIA PRIETO, LILIAN AVILA inpreabogado Nros 80.066 y 32.003 respectivamente en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandada IPASME, según consta en poder de representación ya inserto en el expediente , dandose inicio a la audiencia. La parte demandada ofrece a la parte actora por concepto de PAGO DE SALARIOS CAIDOS la cantidad total de NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON DIECIOCHO CENTIMOS(Bs F.9.387,18) y la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON TRECE CENTIMOS (BS. F 4.857,13) por concepto de pago de Fideicomiso el cual a decir de la parte demandada dicho fideicomiso se encuentra aperturado en el Banco Mercantil, C.A (Banco Universal). La cantidad de NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON DIECIOCHO CENTIMOS(Bs F.9.387,18) sera cancelada en este acto por la parte demandada a la parte actora en un (1) cheque no endosable identificado con el N° 33368671 girado en contra del banco Banesco a nombre del ciudadano IDULFO ROJAS, la parte demandada expresa que queda a disposición de la parte actora ciudadano IDULFO ROJAS la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA CENTIMOS (BS.F.37.688,80), cantidad esta depositada por la parte demandada en el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA a nombre del ciudadano IDULFO JOSE ROJAS PALACIOS por pago de concepto de Prestaciones Sociales. a continuación la parte actora declara que esta totalmente de acuerdo con la propuesta hecha por la parte demandada y declara en este acto recibir el cheque ya anteriormente identificados.La parte demandada consigna en este acto escrito de persistencia constante de seis (6) folios y dos (2) anexos. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Este Juzgado ordena librar oficio a la oficina de control de consignaciones a los fines de ordenar la entrega de la libreta de ahorros la cual fue aperturada en el presente asunto a nombre del ciudadano IDULFO JOSE ROJAS PALACIOS por pago de concepto de prestaciones Sociales. La parte demandada consigna copia simple del mencionado cheque.
El Juez
La Secretaria
Abog. Eduardo Nuñez
Luisana Ojeda
PARTE ACTORA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA
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