REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
Visto el escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, presentado por los ciudadanos CARMEN DAYANA ALVARADO MENDEZ y CLAUDIO RAMON LINARES BARRETO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.049.303 y V-14.586.053 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio COROMOTO VEZGA inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 87.408, en su carácter de Defensora Delegada de la Defensoría de los Derechos de la Mujer del Instituto Nacional de la Mujer .