REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL N° 13.
Caracas, 12 de Agosto de 2008.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-013320
Vistas las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación hecha por el CURADOR AD- HOC, ciudadana SILVERIA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 4.437.123, así como la manifestación de que, el adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, no posee bienes propios, en consecuencia este Despacho Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de las facultades conferidas en el Parágrafo Cuarto, literal “e” del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de conformidad con el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de CURADOR AD HOC del adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, a la ciudadana SILVERIA MARTINEZ, con todas las consecuencias legales inherentes al mismo.-
La Jueza,
Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren
La Secretaria
Abg. Sally Guerrero
Exp. Nº: AP51-S-2008-013320
Motivo: Curatela.
JQ/SG/Kristian Castellanos
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