REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CAPITAL. Caracas, trece (13) de agosto de dos mil ocho (2008).

198° y 149°

Vista la transacción celebrada en fecha doce (12) de agosto de dos mil ocho (2008), entre la abogada en ejercicio de este domicilio MARCELIS HERNANDEZ ZABALA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 105.614, actuando en su carácter de apoderada judicial de la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, por una parte y, por la otra el ciudadano RAFAEL CHIQUITO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 4.223.864, en su condición de Presidente y representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES RIVONCA, C.A., debidamente asistido por la abogada en ejercicio de este domicilio ROSA LABBRUZO CARPIO, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 30.849, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad a lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles.

Remítase en su oportunidad el presente expediente, bajo Oficio a la Oficina respectiva.
LA JUEZA PROVISORIA,


LA SECRETARIA Acc,








Exp. No. 005155
CAG/desy.