REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL
Caracas, Seis (06) de Agosto de 2008
Años: 198º y 149º

Vista la diligencia de fecha cinco (5) de agosto de 2008, suscrita y presentada por el ciudadano ANGEL EDUARDO HURTADO GONZALEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.458.329, debidamente asistido por el abogado PABLO JESUS GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.212, mediante la cual expuso: “…Formalmente desisto del presente proceso y me reservo el ejercicio de cualquier otra acción en contra de la demandada…”, este Órgano Jurisdiccional de conformidad con lo establecido en el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO planteado por la parte querellante. Y así se decide.
LA JUEZ,

FLOR L. CAMACHO A.
EL SECRETARIO TEMPORAL,

TERRY DEL J. GIL L.
Exp. 2220-08
FLCA/TdJGL/graciela.-