Exp. Nº 20.334.- WM (5).-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, ________________.-
Años 196° y 147°

PARTE ACTORA: TELECOMUNICACIONES IMPSAT, S.A. empresa domiciliada en la Calle 9, Manzana B-8, sector Sur, edificio Impsat, urbanización la Urbina Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda , en fecha 06 de Octubre de 1992, bajo el N° 07, Tomo 4-A-Pro.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ALBERTO BAUMEISTER TOLEDO, MARIOLGA QUINTERO TIRADO, DESMOND DILLON, MANUEL BAUMEISTER ANSELMI, JOHNNY VASQUEZ ZERPA, MARIA ALEJANDRA CORREA, CLAUDIA NIKKEN, NILYAN SANTANA, ABELARDO NOGUERA GARBAN, DANIEL OQUENDO y VICTOR ROBAYO DE LA ROSA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 293,2.933, 41.619, 45.935, 42.646, 51.864, 56.566, 47.037, 66.629, 66.356 y 70.933 respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: MARTE CVT PROUCCIONES DE TELEVISION S.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, en fecha 07 de Julio de 1989, bajo el N° 54, Tomo 8-A-Sgdo., en la persona de su representante legal el ciudadano SAMIR MAKAREN URDANETA, titular de la cedula de identidad N° 3.512.594.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE LUIS LACRUZ SMITH, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V.-11.738.085, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.624.
SENTENCIA: Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva.-
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (HOMOLOGACION DE TRANSACION).-

Conoce este órgano jurisdiccional de la demanda que sigue TELECOMUNICACIONES IMPSAT, S.A. empresa domiciliada en la Calle 9, Manzana B-8, sector Sur, edificio Impsat, urbanización la Urbina Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda , en fecha 06 de Octubre de 1992, bajo el N° 07, Tomo 4-A-Pro, por el Procedimiento de COBRO DE BOLIVARES, en contra de MARTE CVT PROUCCIONES DE TELEVISION S.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, en fecha 07 de Julio de 1989, bajo el N° 54, Tomo 8-A-Sgdo., en la persona de su representante legal el ciudadano SAMIR MAKAREN URDANETA, titular de la cedula de identidad N° 3.512.594, en fecha 09 de Agosto de 2001.
En fecha 01 de Octubre de 2001, este juzgado admite la presente acción en cuanto a lugar en derecho y ordena emplazar a la parte demandada.
En fecha 17 de Julio de 2002, se libro compulsa de citación a la parte demandada.
En fecha 12 de Marzo de 2003 ante la imposibilidad de realizar la citación personal de la pare demandad se libra cartel de citación.
En fecha 09 de Diciembre de 2003, el apoderado actor consigna ejemplar de diario contentivo del cartel de citación librado en fecha 12 de Marzo de 2003, el cual fu debidamente fijado por la secretaria de este juzgado en fecha 26 de Febrero de 2004.
En fecha 30 de Marzo de 2004, comparece ante este juzgado el ciudadano JOSE LUIS LACRUZ SMITH, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V.-11.738.085, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.624, quien en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada consigna a las actas que conforman el presente expediente original de Transacción Judicial suscrita por las partes inmersas en el presente expediente, de fecha 29 de Marzo de 2004.
En fecha 27 de Abril de 2004, este juzgado niega homologar la transacción de fecha 29 de Marzo de 2004, por cuanto no constaba en autos la facultad de TRANSIGIR de los abogados DANIEL OQUENDO y VICTOR ROBAYO DE LA ROSA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 66.356 y 70.933 respectivamente.
En fecha 14 de Junio de 2004, comparece ante este juzgado VICTOR ROBAYO DE LA ROSA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 70.933, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora consigna documento suscrito por su representada ante la Notaria Publica Vigésima Segunda del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 04 de Junio de 2004bajo el N° 49, Tomo 43 de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaria, en el cual ratifica la autorización otorgada a los fines de realizar la Transacción de fecha 29 de Marzo de 2004.

El Tribunal para decidir observa:

Consta a las actas que conforman el presente expediente Transacción Judicial suscrita por una parte por el ciudadano VICTOR ROBAYO DE LA ROSA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 70.933, en su carácter de apoderado judicial de la empresa TELECOMUNICACIONES IMPSAT, S.A. empresa domiciliada en la Calle 9, Manzana B-8, sector Sur, edificio Impsat, urbanización la Urbina Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda , en fecha 06 de Octubre de 1992, bajo el N° 07, Tomo 4-A-Pro y por la otra JOSE LUIS LACRUZ SMITH, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V.-11.738.085, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.624, en su carácter de apoderado judicial de MARTE CVT PROUCCIONES DE TELEVISION S.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, en fecha 07 de Julio de 1989, bajo el N° 54, Tomo 8-A-Sgdo., en la persona de su representante legal el ciudadano SAMIR MAKAREN URDANETA, titular de la cedula de identidad N° 3.512.594, en fecha 29 de Marzo de 2004, ante la Notaria Publica Vigésima Segunda del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 04 de Junio de 2004bajo el N° 49, Tomo 43 de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaria, en la cual las partes manifiestan su voluntad de dar por terminado el presente juicio.
De la mencionada Transacción Judicial se desprende la aceptación de la parte demandad de darse por citados en la presente acción, así como el reconocimiento de la deuda u obligación que mantiene con TELECOMUNICACIONES IMPSAT, S.A., antes identificada, parte actora en la presente causa, quienes a los fines de dar por terminado el presente juicio y honrar sus obligaciones acuerdan en ese acto la forma de pago, quedando establecido que de incumplir la parte demandad, la parte actora podrá solicitar la ejecución de la presente transacción. De la misma forma se desprende la voluntad de las partes de mantener vigente la medida de embargo decretada en el presente juicio. Por ultimo se establece que la empresa Publicidad Vepaco C.A.,o FERNANDO FRAIZ TRAPOTE, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 6.819.169, garantizara las obligaciones asumidas en la transacción judicial por MARTE CVT PROUCCIONES DE TELEVISION S.A., antes inscrita..
De lo expuesto en forma precedente, cabe destacar que el convenimento, transacción o desistimiento de la acción impide volver a ejercerla de nuevo, ya que el derecho que le servía de fundamento dejó de existir, y comprobada como ha sido la facultad de los apoderados de la parte Actora y de la parte Demandada para realizar la presente transacción judicial, tal y como se evidencia de los 124 y 139 del cuaderno principal del presente expediente, respectivamente, se da por consumado el acto, y así se decide.
III
Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, 243 y 256, del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACION a la transacción celebrada por las partes en los términos por ellos establecidos y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, _________________.-
Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
EL JUEZ.-



LUIS TOMÁS LEÓN SANDOVAL.-
EL SECRETARIO.-

Abg. MUNIR SOUKI.-

En la misma fecha, ______________, previo el anuncio de ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo la una de la tarde (1:00 p.m.).

EL SECRETARIO.

Abg. MUNIR SOUKI.-
Exp. No. 20.334.-
LTLS/MS/WM (5).-