REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, _______________

Sentencia Definitiva
Expediente Nº S-9449

PARTE SOLICITANTE: RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: ALICIA VARGAS MARCANO, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.462

Conoce este Tribunal de la solicitud, incoada por el ciudadano RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS, venezolano, mayor de edad, asistido por la abogada ALICIA VARGAS MARCANO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.462, donde solicita la Inserción de Partida de su Acta de Nacimiento y sea declarada con lugar y sea insertada en el Registro Civil de Nacimientos, este tribunal observa:
Que en fecha 15 de Enero de 2008, compareció RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS, consignando los recaudos como: 1) Constancia de no existencia de Partida de Nacimiento expedida por el Registro Principal del Estado Miranda del Municipio Sucre Parroquia Petare, en fecha 05 de Diciembre de 2007. 2) Constancia expedida por la Clínica Maternidad Santa Ana del Instituto Venezolano de Seguros Sociales (I.V.S.S.), donde se deja constancia que la ciudadana MARILIN ISABEL TAPIAS PACHECO, madre del solicitante, ingreso a la referida Clínica el día 13 de Noviembre de 1.985, siendo atendida por parto normal a las 6:36 p.m., naciendo el ciudadano RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS. 3) Peritaje Materno N° 598 suscrito por la ciudadana JUDITH BEATRIZ BARRIOS COLLS, Técnico Lofoscopista, donde deja constancia de la imposibilidad de comparar pelmatoscopicamente la reseña decadactilar modelo R-22 de la ciudadana MARILIN ISABEL TAPIAS PACHECO con el podograma tomado al ciudadano RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS, por cuanto la Historia Clínica de fecha 13 de Noviembre 1.985 se encuentra desincorporada por daños sufridos por inundaciones en el referido centro asistencial en los años 1.999. 4) Constancia de No Presentación del ciudadano RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS, emitida por la Parroquia Petare del Municipio Sucre en fecha 30 de Octubre de 2007. 5) Constancia expedida por el Registro Principal del Estado Miranda en fecha 07 de Diciembre de 2007, donde se deja constancia de la imposibilidad de emitir copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS por cuanto no encontrarse inserta en los Libros Duplicados llevado por ese Registro.
En fecha 18 de Enero de 2008, se admite la presente solicitud en la cual y se ordena emplazar a los ciudadanos MARILIN ISABEL TAPIAS de GARCÍA, MARÍA DEMETRIA SUARES de GÓMEZ y NEIBA DEL CARMEN GÓMEZ SUAREZ, a los fines que comparezcan al décimo día de despacho siguiente a su citación a los fines de que exponga lo que crea conveniente con respecto a la solicitud, de igual manera se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Publico, asimismo, sé estableció que el procedimiento quedaba abierto a pruebas por un lapso de diez días de despacho, vencido dicho lapso el tribunal pasaría a dictar sentencia, ordeno librar edicto a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos con respecto a dicha solicitud, asimismo una vez venciera el lapso de diez días en que la secretaria de este Juzgado dejara constancia de haberse cumplido la publicación y consignación del cartel librado en esa misma fecha, en esta misma data se libro el edicto.
En fecha 13 de Diciembre, comparece el ciudadano VÍCTOR RUBÉN PEREZ, debidamente asistido por la abogada ALICIA VARGAS MARCANO, antes identificada, consigna a los autos el Edicto publicado en el Diario El Universal.
En fecha 12 de Febrero de 2008, la parte interesada solicitó se librara Edicto para su publicación en prensa, así como también solicitó se librara Boleta al Fiscal del Ministerio Público.
En horas de despacho del día 14 de Febrero de los corrientes, comparecieron las ciudadanas MARÍA DEMETRIA SUARES de GÓMEZ y NEIBA DEL CARMEN GÓMEZ SUAREZ, a fin de que expusieran lo conducente en la presenta solicitud.
En fecha 27 de Febrero de 2008 se libró Edicto y Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público.
Mediante diligencia de fecha 12 de Marzo de 2008, el Alguacil Titular de este Juzgado consignó a los autos la Boleta librada a la Representación Fiscal, debidamente recibida, firmada y sellada en la Fiscalía 103 del Área Metropolitana de Caracas.
En fecha 17 de Marzo de 2008, compareció la ciudadana DILIA LÓPEZ BERMÚDEZ, en su carácter de Fiscal Centésima Tercera del Ministerio Público, en donde se adhiere a lo solicitado por el ciudadano RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS, no teniendo nada que objetar al respecto.
Mediante diligencia de fecha 24 de Marzo de 2008, el ciudadano RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS, debidamente asistido por la abogada ALICIA VARGAS MARCANO, retiro el Edicto librado en fecha 27 de Febrero de 2008.
Por auto de fecha 26 de Marzo de 2008, se subsanó un error material cometido en el auto de admisión de la presente solicitud, así como también en el Edicto librado en fecha por este Juzgado al omitir el primer apellido el solicitante, ordenándose la corrección del mismo así como librar nuevo Edicto en esa misma fecha, siendo retirado en fecha 31 de Marzo de 2008.
En fecha 05 de Mayo de 2008 se consignó a los autos el Edicto publicado en el Diario El Universal en fecha 02 de Abril de 2008.
Por auto de fecha 13 de Junio de 2008, se ordenó a la ciudadana MARILIN ISABEL TAPIAS de GARCÍA comparecer ante este Juzgado a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en auto de admisión para que exponga lo que crea conducente con respecto a la presente solicitud, compareciendo en fecha 20 de Junio de 2008.
Encontrándose este Tribunal para decidir al respecto observa:
Cumplidas como han sido todos los tramites relativos al presente procedimiento de Inserción de Acta de nacimiento, este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 769 y 772 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 501 y 462 del Código Civil y el artículo 39 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, y visto que no hubo oposición al presente procedimiento de Inserción de Acta de nacimiento del ciudadano RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS y como quiera que los elementos probatorios aportados como la Constancia emitida por la Clínica Maternidad Santa Ana del Instituto Venezolano de Seguros Sociales (I.V.S.S.), donde se evidencia que la ciudadana MARILIN ISABEL TAPIAS PACHECO ingreso a esa institución el día 13 de Noviembre de 1.985, dando a luz a un niño llamado “RAFAEL”, a las 6:36 p.m., constancia de no presentación donde se deja constancia de que la Partida de Nacimiento del solicitante no se encuentra inserta en los en los libros de Nacimiento llevados por el Registro Civil del Municipio Sucre, este Juzgado ordena la INSERCIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano RAFAEL JESÚS GARCÍA TAPIAS, en los Libros llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernardino del Municipio Libertador del Distrito Capital, a cuyos fines se ordena librar oficio remitiendo copia certificada de la Solicitud y de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión en los copiadores de sentencia de este Juzgado. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ____________. Años 198° y 149°
EL JUEZ.-




Dr. LUIS TOMÁS LEÓN SANDOVAL.-

EL SECRETARIO


MUNIR SOUKI

Exp. N° S-9449
LTLS/MS/LM9.-