REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 33° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 06 de Agosto de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-003875

En horas del día de hoy, 06 de Agosto del año 2008, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, acto seguido se anunció dicho acto en la sala de comparecencia de los Juzgados con las formalidades de Ley, no compareciendo ni la parte actora, ni la parte demandada. En consecuencia, en razón de la incomparecencia de la parte demandada y de la actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno en juicio a la Audiencia Preliminar fijada para este día y, en tal sentido, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO HABIDO EN EL JUICIO INCOADO POR ALDO MARCELO GONZÁLEZ TORRES en contra PROMOTORA METROPOLITANA DE RESTAURANTES 25, C.A, y así, SE DA POR TERMINADO EL PROCESO Y SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. ASÍ SE DECIDE.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a las 11:45 a.m. del 06 de Agosto del año 2008. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación

El Juez

Abg. Mónica Quintero


El Secretario

Gustavo Portillo