ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2007-001933
PARTE ACTORA: JANETH ANGULO LORA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARÍA VALDIVIESO
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA GENTE QUE ASESORA R.L.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: INGRID CASTRO
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO


Hoy, jueves, dieciocho (18) de diciembre de 2008, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la medida de decretada en el presente expediente; se deja constancia que comparece a este acto la ciudadana JANETH ANGULO, titular de la cédula de identidad Nro.-12.953.660, debidamente representada por la abogada MARÍA VICTORIA VALDIVIESO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 20.083, y el ciudadano JOSE LUIS SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nro.- 5.595.546, en su carácter de Presidente de la parte demandada, debidamente representado por el abogado ARSENIO SEQUERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 79.000. Las partes comparecientes han llegado a un acuerdo en los términos siguientes: En este estado toma la palabra el ciudadano, JOSE LUIS SUAREZ, en su carácter de Presidente de la parte demandada, debidamente representado y expone: A los fines de que este Juzgado suspenda la medida decretada en el presente juicio, ofrezco en este acto a la parte actora la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 40.000,00), los cuales serán cancelados en cuatro cuotas iguales de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000,00); la primera a ser cancelada el día viernes, treinta (30) de enero; la segunda el día lunes, dos (02) de marzo, la tercera el día martes treinta y uno (31) de marzo y la cuarta y última el día jueves, treinta de abril de 2008, en la sede los Tribunales Laborales; cantidad que esta comprende los salarios caídos y el pago de los siguientes conceptos: antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, preaviso e indemnización por despido, es todo. En este estado toma la palabra la parte actora, debidamente representada y expone: Aceptamos en este acto el monto ofrecido por la parte demandada, y en los meses indicados, y solicitaremos dar por terminado el presente juicio, una vez conste los pagos acordados en el expediente, es todo. Este Juzgado vista las exposiciones que anteceden, y el acuerdo alcanzado por las partes, lo homologa, dándole efecto de cosa juzgada, en virtud de que el mismo no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores.
La Juez
La Secretaria

Nereida Hernández González

Norialy Romero
PARTE ACTORA Y SU APODERADA JUDICIAL

PARTE DEMANDADA Y SU APODERADO JUDICIAL