REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

EXPEDIENTE N°: AP21-L-2008-004773.
PARTE ACTORA: YORMAN ALEXIS MARQUEZ.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: FABIOLA ALVAREZ SALAZAR y JUAN NETO.
LA PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD INTERGRAL 698, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FERNANDO LUCAS DE FREITAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, miércoles 3 de diciembre de 2008, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se anunció dicho acto en la sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas; y compareció el abogado, FERNANDO LUCAS DE FREITAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 97.228, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil, SEGURIDAD INTEGRAL 698, C.A.; Acto seguido el Tribunal deja constancia de la incomparecencia a la presente audiencia, de la parte demandante ciudadano YORMAN ALEXIS MARQUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.223.805, de este domicilio; ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; en virtud de lo cual de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°.
LA JUEZ,

ABOG. JHACNINI TORRES.


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.



LA SECRETARIA,

ABG. EVA COTÉS