REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL.
JUEZ UNIPERSONAL N° 10.
Caracas, primero (1° ) de Diciembre de 2008.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-012844
Revisadas las actas que conforman el presente asunto y vista las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos CARMEN ROBERTINA IBARRA DIAZ y NIGDORIS EUNICES RIVAS, venezolanas; mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidades N° V-3.711.526 y V-12.763.273, respectivamente; y cumplidas como fueron las formalidades de ley, esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus ciudadano RAMON ENRIQUE FAGUNDEZ MONTES, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad N° V-3.978.135, a la ciudadana MARGARITA DEL VALLE CABRERA DE FAGUNDEZ, y a sus hijos ELSY MABEL, ENRIQUE JOSE FAGUNDEZ CABRERA y (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), esta última adolescente hija de la ciudadana MARIHURI DEL CARMEN INDRIAGO MARCANO, titular de la cédula de Identidad N° 15.005.944. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante y déjese copia certificada de las presentes actuaciones a los fines legales. Cúmplase lo ordenado una vez la parte interesada aporte los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
ABG. IVAN CEDEÑO.
AP51-S-2008-012844
Luis serrano.
|