REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional Juez Unipersonal 10.
Caracas, 12 de Diciembre de 2008.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-020714
Visto el Convenimiento de Obligación de Manutención, y recaudos acompañados, presentados por la abogada BLANCA MARCANO MORALES, en su carácter de Fiscal Nonagésima Cuarta (94°) del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en el interés superior de la Niña y Niños (se omiten los nombres conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), hija e hijos de los ciudadanos WILMER ARGENIS MEJIAS CESPEDES y AUDILIA CONCEPCIÓN PARRA COLLANTES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-12.617.754 y V-11.198.417, respectivamente, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, en los términos expuestos en el acta suscrita en fecha 20/11/2008, por los progenitores del niño antes mencionado, ante la referida defensora pública, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaría las copias certificadas del convenimiento y de la presente decisión, para que surtan sus efectos legales consiguientes, y entréguense a los interesados, a través de la Oficina de Atención al Público (OAP), una vez se aporten los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
ABG. MAIRIM RUÍZ RAMOS.
ABG. IVÁN CEDEÑO.
AP51-S-2008-020714
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