REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 01 de diciembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-019143
Vista la Solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana MARIA TERESA RIOBUENO NATERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-10.297.542, debidamente asistida por el Abg. JUAN MONTES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 6.140, promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de las testigos, ciudadanos ELSA MAGALY SANCHEZ TRAVIESO y MOISES FEFER DIMANTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.807.376 y V-3.155.596, respectivamente y cumplidas como fueron las formalidades de Ley; este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 11 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus FRANCISCO LORENZO PEÑA PARRAGA, quien era titular de la cédula de identidad Nro. V-11.157.160, a su cónyuge, ciudadana MARIA TERESA RIOBUENO NATERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-10.297.542, y a sus hijos (SE OMITE), respectivamente. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias, una vez la parte solicitante consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ,
Abg. DANIA RAMIEZ CONTRERAS
EL SECRETARIO,
Abg. ALFREDO PEREIRA
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